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También impartimos CURSOS CAP Y MERCANCÍAS PELIGROSAS,
y pueden ser 100% bonificados a través de la Fundación Estatal.
La obtención del certificado de aptitud profesional (C.A.P.) es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos (para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos
de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E) de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
Será obligatorio la superación de un curso de cualificación inicial, para los conductores que obtengan el permiso de conducción de las categorías D1, D1+E, D, D+E a partir del 11 de septiembre 2008,
y de las categoriás C1, C1+E, C o C+E, a partir del 11 de septiembre de 2009. Los conductores cuyo permiso de conducción haya sido emitido con anterioridad a dichas fechas, deberán superar un
curso de formación continua en las fechas que marca el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio.
Para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, se necesita una autorización especial, que deberá llevar consigo el conductor junto al correspondiente permiso de conducción.
Para ello deberá haber realizado el curso de formación correspondiente en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico.
En nuestro centros te preparamos para la obtención o renovación.